Toda persona tiene derecho a una educación integral de calidad, permanente, en igualdad de
condiciónes y oportunidades, sin más limitaciónes que las derivadas de sus aptitudes,vocación y aspiraciónes. En consecuencia:
1. La educació tiene por objeto la formación integral del
ser humano a lo largo de toda su vida y debe orientarse
hacia el desarrollo de su potencial creativo y de sus
valores éticos.Busca el acceso al conocimiento, a la
ciencia, a la técnica y a los demás bienes y valores de la cultura;
2. La familia es responsable de la educación de sus
integrantes y tiene derecho a escoger el tipo de
educación de sus hijos menores;
3.El estado garantiza la educación publica gratuita y la
declara obligatoria en el nivel inicial, basico y medio.
La oferta para el nivel inicial será definida en la ley.
La Ley General de Libre acceso a la información Pública fue aprobada por el congreso Nacional13 de Julio de 2004 y promulgada mediante el Decreto No.200-04 del poder Elecutivo,el 28 de julio de 2004,constituyendo una herramienta importante para la prevención y combate de la corrupción, cuyo ejercicio es vital para fortalecer la transparencia y participación ciudadana en un estado democrática de derecho.
PARTIDO REVOLUCIONARIO DOMINICANO
¡Que viva la memoria del Dr. José Francisco Peña Gomez!
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